Language of document : ECLI:EU:T:2014:95





Sentencia del Tribunal General (Sala Octava)
de 27 de febrero de 2014 —

Advance Magazine Publishers/OAMI — López Cabré (VOGUE)

(Asunto T‑229/12)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa VOGUE — Marca comunitaria denominativa anterior VOGUE — Riesgo de confusión — Identidad o similitud entre los productos — Identidad o similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Imprecisión de la solicitud de marca — Artículo 26, apartado 1, letra c), del Reglamento nº 207/2009 — Regla 2, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 2868/95 — Denegación parcial de registro»

1.                     Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 25 y 26)

2.                     Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación — Carácter complementario de los productos [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 29)

3.                     Marca comunitaria — Presentación de la solicitud de marca comunitaria — Identificación de los productos o los servicios comprendidos por la marca — Exigencias de claridad y de precisión — Determinación por las autoridades competentes y los operadores económicos de la amplitud de la protección conferida por la marca [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 26, ap. 1, letra c); Reglamento (CE) nº 2868/95 de la Comisión, art. 1, regla 2, ap. 2] (véanse los apartados 34 a 37)

4.                     Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca figurativa VOGUE y marca denominativa VOGUE [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 50 a 54)

5.                     Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Competencia del Tribunal General — Control de la legalidad de las resoluciones adoptadas por las Salas de Recurso [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 65] (véase el apartado 55)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 26 de marzo de 2012 (asunto R 1170/2011-4) relativa a un procedimiento de oposición entre el Sr. Eduardo López Cabré y Advance Magazine Publishers, Inc.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 26 de marzo de 2012 (asunto R 1170/2011-4) relativa a un procedimiento de oposición entre el Sr. Eduardo López Cabré y Advance Magazine Publishers, Inc., en la medida en que confirmó la resolución de la División de Oposición de 18 de marzo de 2011 que estimaba la oposición por lo que respecta a los accesorios de la clase 18 del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas, de 15 de junio de 1957, en su versión revisada y modificada.

2)

Desestimar las demás pretensiones dirigidas a la anulación de la resolución mencionada en el punto 1 del presente fallo.

3)

No procede pronunciarse sobre las pretensiones dirigidas a que se estime la oposición sólo en la medida en que se refiere a los paraguas, sombrillas y accesorios para paraguas y sombrillas.

4)

Cada parte cargará con sus propias costas.