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Recurso interpuesto el 25 de octubre de 2006 - Leclercq/Comisión

(Asunto T-299/06)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Sylvie Leclercq (representantes: S. Rodrigues, C. Bernard-Glanz, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare la admisibilidad del presente recurso.

Que se anule la decisión de la Comisión de 27 de julio de 2006 en la medida en que deniega a la demandante el acceso a los documentos de la Comisión que había solicitado.

Que se condene en costas a la parte demandada.

Que se condene a la parte demandada a abonar a la demandante, en concepto de responsabilidad extracontractual, un importe de 50 euros por día desde la fecha de la decisión controvertida.

Motivos y principales alegaciones

En el presente recurso, la demandante solicita la anulación de la decisión del Secretario General de la Comisión, de 27 de julio de 2006, por la que se desestimó su solicitud confirmatoria de acceso a un extracto de las bases de datos con informaciones sobre los agentes de la Comisión. Los motivo de la denegación expuestos por la Comisión consistían en afirmar que la solicitud sobrepasaba el ámbito de aplicación del Reglamento nº 1049/2001, 1 ya que no se trataba de acceder a un documento existente en poder de la institución, conforme a lo dispuesto en dicho Reglamento.

En apoyo su recurso, la demandante invoca dos motivos. En el primero se alega que la Comisión infringió en su decisión el artículo 3, letra a), del Reglamento nº 1049/2001 al excluir del concepto de documento una base de datos. La demandante sostiene que la Comisión cometió un error manifiesto de apreciación al realizar tal exclusión, no contemplada por el Reglamento, y que es contraria a la interpretación amplia que a su juicio debe darse al concepto de documento con arreglo al Reglamento nº 1049/2001.

En el segundo motivo se alega una infracción del artículo 4 del Reglamento nº 1049/2001 y del deber de motivación, al no haber indicado la Comisión en la decisión impugnada de qué modo la revelación del documento solicitado perjudicaría algún interés público o privado, para poder denegarla en virtud de una de las excepciones establecidas en el artículo 4 del Reglamento.

La demandante alega que el comportamiento de la Comisión, a su juicio ilegal por vulnerar el Reglamento nº 1049/2001, puede generar una responsabilidad extracontractual en virtud del artículo 288 CE, párrafo segundo, por lo que solicita una indemnización del perjuicio, tanto económico como moral, que le ha causado este comportamiento de la Comisión.

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1 - Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145, p. 43).