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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 10 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht München — Alemania) — BMW Bayerische Motorenwerke AG / Hauptzollamt München

(Asunto C-509/19) 1

[Procedimiento prejudicial — Unión aduanera — Código aduanero de la Unión — Reglamento (UE) n.º 952/2013 — Artículo 71, apartado 1, letra b) — Valor en aduana — Importación de productos electrónicos equipados con un programa informático]

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Finanzgericht München

Partes en el procedimiento principal

Demandante: BMW Bayerische Motorenwerke AG

Demandada: Hauptzollamt München

Fallo

El artículo 71, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europea y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión, debe interpretarse en el sentido de que permite, para determinar el valor en aduana de una mercancía importada, añadir al valor de transacción de esta el valor económico de un programa informático producido en la Unión Europea y puesto gratuitamente por el comprador a disposición del vendedor establecido en un país tercero.

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1 DO C 328 de 30.9.2019.