Language of document : ECLI:EU:T:2018:147





Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 15 de marzo de 2018 — Polonia/Comisión

(Asunto T507/15)

«FEAGA — Gastos excluidos de la financiación — Reglamento (CE) n.º 2200/96, Directiva 2002/55/CE, Reglamentos (CE) n.º 1432/2003, n.º 1433/2003, n.º 1290/2005, n.º 885/2006, n.º 1182/2007, n.º 1234/2007, n.º 1580/2007 y (UE) n.º 1306/2013 — Gastos efectuados por Polonia — Riesgo para el FEAGA — Comprobaciones sobre el terreno — Criterios de reconocimiento de una organización de productores — Divergencia de las versiones lingüísticas — Corrección financiera»

1.      Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEAGA — Liquidación de cuentas — Negativa a asumir gastos derivados de irregularidades en la aplicación de la normativa de la Unión — Impugnación por el Estado miembro afectado — Carga de la prueba — Reparto entre la Comisión y el Estado miembro

(véanse los apartados 25 a 28)

2.      Derecho de la Unión Europea — Interpretación — Métodos — Interpretación literal, sistemática y teleológica

2.      Derecho de la Unión Europea — Interpretación — Métodos — Interpretación literal, sistemática y teleológica

(véase el apartado 42)

3.      Agricultura — Organización común de mercados — Frutas y hortalizas — Organizaciones de productores — Financiación por el FEAGA — Reconocimiento de dichas organizaciones por las autoridades nacionales — Requisitos — Control de las organizaciones por los Estados miembros — Alcance — Continuidad entre el antiguo y el nuevo marco normativo

3.      Agricultura — Organización común de mercados — Frutas y hortalizas — Organizaciones de productores — Financiación por el FEAGA — Reconocimiento de dichas organizaciones por las autoridades nacionales — Requisitos — Control de las organizaciones por los Estados miembros — Alcance — Continuidad entre el antiguo y el nuevo marco normativo

[Reglamentos (CE) del Consejo, n.º 1182/2007, arts. 4 y 55, ap. 2, y n.º 1234/2007, art. 125 ter; Reglamentos (CE) de la Comisión n.º 1432/2003, art. 20, y n.º 1580/2007, art. 108]

(véanse los apartados 44 a 48, 53 y 55 a 58)

4.      Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEAGA — Concesión de ayudas y de primas — Obligación de los Estados miembros de organizar un sistema eficaz de controles administrativos y de controles sobre el terreno — Obligación implícita — Alcance

(véase el apartado 59)

5.      Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEAGA — Liquidación de cuentas — Elaboración de las decisiones — Comunicación escrita de la Comisión a los Estados miembros de los resultados de sus verificaciones — Contenido

5.      Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEAGA — Liquidación de cuentas — Elaboración de las decisiones — Comunicación escrita de la Comisión a los Estados miembros de los resultados de sus verificaciones — Contenido

[Reglamento (CE) de la Comisión n.º 885/2006, art. 11, ap. 1)

(véanse los apartados 77 y 78)

6.      Agricultura — Organización común de mercados — Frutas y hortalizas — Organizaciones de productores — Financiación por el FEAGA — Reconocimiento de dichas organizaciones por las autoridades nacionales — Requisitos — Comprobación por los Estados miembros de la información facilitada en el marco del reconocimiento — Alcance

[Reglamento (CE) del Consejo n.º 2200/96, art. 11, ap. 2, letra a); Reglamento (CE) de la Comisión n.º 1432/2003, arts. 4, ap. 1, 16, letra a), 17, ap. 2, letra a), y 20, ap. 1]

(véanse los apartados 93 y 94)

7.      Derecho de la Unión Europea — Interpretación — Textos plurilingües — Interpretación uniforme — Divergencias entre las diferentes versiones lingüísticas — Consideración de la estructura general y de la finalidad de la normativa de que se trate

(véanse los apartados 104 y 105)

8.      Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEAGA — Liquidación de cuentas — Período que puede abarcar una corrección financiera — Período posterior a la fecha de la comunicación escrita de los resultados de los controles — Procedencia en caso de persistencia de irregularidades

8.      Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEAGA — Liquidación de cuentas — Período que puede abarcar una corrección financiera — Período posterior a la fecha de la comunicación escrita de los resultados de los controles — Procedencia en caso de persistencia de irregularidades

(véase el apartado 120)

9.      Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEAGA — Liquidación de cuentas — Negativa a asumir gastos derivados de irregularidades en la aplicación de la normativa de la Unión — Corrección financiera a tanto alzado decidida por la Comisión conforme a las directrices internas adoptadas en la materia — Deficiencia o insuficiencia de los controles clave aplicados por el Estado miembro — Admisibilidad de la aplicación de un tipo a tanto alzado del 10 % para el conjunto de carencias detectadas

9.      Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEAGA — Liquidación de cuentas — Negativa a asumir gastos derivados de irregularidades en la aplicación de la normativa de la Unión — Corrección financiera a tanto alzado decidida por la Comisión conforme a las directrices internas adoptadas en la materia — Deficiencia o insuficiencia de los controles clave aplicados por el Estado miembro — Admisibilidad de la aplicación de un tipo a tanto alzado del 10 % para el conjunto de carencias detectadas

(véanse los apartados 125 a 130)

Objeto

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación parcial de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1119 de la Comisión, de 22 de junio de 2015, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) (DO 2015, L 182, p. 39).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a la República de Polonia.

2)

Condenar en costas a la República de Polonia.