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Recurso interpuesto el 9 de enero de 2023 — UA/AAUE

(Asunto T-3/23)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: UA (representante: É. Boigelot, abogado)

Demandada: Agencia de Asilo de la Unión Europea (AAUE)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare el recurso admisible y fundado.

En consecuencia, anule la decisión n.º 99 con la referencia [confidencial1 adoptada por el Consejo de Administración de la AAUE el [confidencial], notificada por correo el [confidencial] por la secretaría del Consejo de Administración, y, en la medida en que sea necesario, todos los actos y decisiones preparatorias y/o de ejecución, en virtud de la cual este decidió, en particular, que «se condena a [confidencial] a indemnizar el perjuicio sufrido por la Agencia debido a faltas personales graves que implican su responsabilidad financiera personal conforme al artículo 22 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea. Las medidas y modalidades de aplicación de dicha indemnización se dirigirán por separado a [confidencial]».

Condene a la demandada a pagar una indemnización provisional de 25 000 euros en compensación por el conjunto de los daños materiales y morales, sin perjuicio de modificación en el transcurso del procedimiento.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

Primer motivo, basado en de la infracción del artículo 22 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto») aplicable por analogía a los agentes en virtud del artículo 11 del régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, en la violación de las directrices para la aplicación del artículo 22 del Estatuto (responsabilidad financiera de los funcionarios) y en particular de los artículos 2.1, 2.3.2 y 3.2 de estas, en la vulneración del derecho de defensa, en particular de los artículos 3, 4 y 22 del anexo IX del Estatuto (derecho a ser oído) que el artículo 22 del Estatuto declara aplicables, en la infracción de los artículos 41, apartados 1 y 2, letra a), 48 y 51, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Segundo motivo, basado en errores manifiestos de apreciación, en la falta de realidad de los hechos que se le imputan, en el carácter insuficiente de la motivación, en la violación del principio non bis in idem, en el incumplimiento del deber de asistencia y protección, en la violación del principio de seguridad jurídica y de buena administración y del principio de proporcionalidad, del principio de unicidad de la función pública europea, de igualdad de trato, en la violación del principio de intangibilidad de los actos y en un abuso de poder.

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1 Datos confidenciales ocultos.