Language of document : ECLI:EU:T:2016:384





Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 17 de junio de 2016 — Hako/EUIPO (SCRUBMASTER)

(Asunto T‑629/15)

«Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión SCRUBMASTER — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»

1.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Apreciación del carácter descriptivo de un signo — Criterios [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 14 y 15)

2.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Concepto — Neologismo compuesto por elementos descriptivos de características de los productos o servicios de que se trata — Inclusión a falta de carácter inusual de la combinación [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 16)

3.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Marca denominativa SCRUBMASTER [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 21, 22, 37 y 46)

4.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Apreciación por la Oficina del carácter registrable — Aportación de pruebas — Requisito innecesario [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 29)

5.                     Marca de la Unión Europea — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo] (véanse los apartados 35 y 36)

6.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Apreciación del carácter registrable de un signo — Consideración únicamente de la normativa de la Unión — Registro anterior de la marca en determinados Estados miembros o países terceros — Decisiones no vinculantes para las instancias de la Unión [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo] (véase el apartado 42)

7.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Superposición de los ámbitos de aplicación de los motivos enunciados en las letras b) y c) del artículo 7, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letras b) y c)] (véase el apartado 45)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 1 de septiembre de 2015 (asunto R 2197/2014‑4) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo SCRUBMASTER como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Hako GmbH.