Language of document : ECLI:EU:T:2017:781





Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 7 de noviembre de 2017 — Frame/EUIPO — Bianca-Moden (BiancalunA)

(Asunto T‑628/15)

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión BiancalunA — Denegación — Marca nacional figurativa anterior bianca — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Identidad de los productos — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»

1.      Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Competencia del Tribunal General — Control de la legalidad de las resoluciones adoptadas por las Salas de Recurso — Anulación o modificación por motivos surgidos después de dictada la resolución — Exclusión

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, arts. 65, ap. 2, y 76]

(véase el apartado 24)

2.      Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Limitación de la lista de productos y servicios posterior a la resolución de la Sala de Recurso — Consecuencias

[Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 188; Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 43, ap. 1]

(véanse los apartados 25 a 28)

3.      Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas figurativas BiancalunA y bianca

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 36, 37, 41, 57, 67, 79 y 80)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 7 de agosto de 2015 (asunto R 2720/2014‑5), relativa a un procedimiento de oposición entre Bianca-Moden y Frame.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 7 de agosto de 2015 (asunto R 2720/2014‑5).

2)

La EUIPO cargará con sus propias costas y con las de Frame Srl.

3)

Bianca-Moden GmbH & Co. KG cargará con sus propias costas.