Language of document : ECLI:EU:T:2018:942





Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 13 de diciembre de 2018 — Scandlines Danmark y Scandlines Deutschland/Comisión

(Asunto T630/15)

«Ayudas de Estado — Financiación pública de la conexión fija ferrocarril-carretera del estrecho de Fehmarn — Ayudas individuales — Decisión de no presentar objeciones — Decisión por la que se declara la inexistencia de ayuda estatal y se declara la ayuda compatible con el mercado interior — Concepto de ayuda de Estado — Perjuicio para la competencia y para los intercambios entre Estados miembros — Requisitos de compatibilidad — Ayuda destinada a promover la realización de un proyecto importante de interés europeo común — Necesidad de ayuda — Efecto incentivador — Proporcionalidad de la ayuda — Dificultades serias que justifican la incoación del procedimiento de investigación formal — Obligación de motivación — Comunicación relativa a las ayudas de Estado destinadas a promover la realización de proyectos importantes de interés europeo común»

1.      Procedimiento judicial — Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso — Motivos que constituyen un nuevo recurso — Inadmisibilidad

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 84, ap. 1)

(véanse los apartados 45 a 52)

2.      Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado

(Art. 296 TFUE)

(véanse los apartados 60 y 61)

3.      Ayudas otorgadas por los Estados — Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros — Perjuicio para la competencia — Criterios de apreciación

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véase el apartado 84)

4.      Ayudas otorgadas por los Estados — Examen por la Comisión — Fase preliminar y fase contradictoria — Obligación de la Comisión de iniciar el procedimiento contradictorio en caso de dificultades serias — Concepto de dificultades serias — Carácter objetivo — Control jurisdiccional — Alcance

(Art. 108 TFUE, aps.2 y 3)

(véanse los apartados 138 a 140)

5.      Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Ayudas que pueden considerarse compatibles con el mercado interior — Facultad de apreciación de la Comisión — Apreciación económica compleja — Control jurisdiccional — Límites

[Art. 107 TFUE, ap. 3, letra b)]

(véase el apartado 141)

6.      Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Ayudas que contribuyen a la realización de un proyecto importante de interés europeo común — Concepto — Financiación pública de la conexión fija ferrocarril-carretera del estrecho de Fehmarn — Inclusión

[Art. 107 TFUE, ap. 3, letra b); Comunicación 2014/C 188/02 de la Comisión]

(véanse los apartados 170 a 182)

7.      Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Facultad de apreciación de la Comisión — Adopción por esta de directrices que enmarcan el examen de la compatibilidad de las ayudas con el mercado interior — Consecuencias — Autolimitación de su facultad de apreciación

[Art. 107 TFUE, ap. 3, letra b); Comunicación 2008/C 155/02 de la Comisión]

(véanse los apartados 261 a 263)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de la Comisión C(2015) 5023 final, de 23 de julio de 2015, relativa a la ayuda de Estado SA.39078(2014/N) (Dinamarca), para la financiación del proyecto de la conexión fija del estrecho de Fehmarn (DO 2015, C 325, p. 5).

Fallo

1)

Anular la Decisión C(2015) 5023 final de la Comisión, de 23 de julio de 2015, relativa a la ayuda de Estado SA.39078 (2014/N) (Dinamarca), para el proyecto de conexión fija del estrecho de Fehmarn (DO 2015, C 325, p. 5), al haber decidido la Comisión no plantear objeciones respecto de las medidas concedidas por el Reino de Dinamarca a Femern A/S para la planificación, construcción y explotación de la conexión fija del estrecho de Fehmarn.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

La Comisión cargará, además de con sus propias costas, con las de Scandlines Danmark ApS y Scandlines Deutschland GmbH.

4)

El Reino de Dinamarca, Föreningen Svensk Sjöfart y Naturschutzbund Deutschland (NABU) eV cargarán con sus propias costas.