C_2020247ES.01004901.xml 27.7.2020 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 247/49 |
Corrección de errores de la comunicación al Diario Oficial en el asunto T-220/20
(«Diario Oficial de la Unión Europea» C 201 de 15 de junio de 2020 )
(2020/C 247/67)
La comunicación al Diario Oficial en el asunto T-220/20, JL/Comisión, queda redactada como sigue:
«Recurso interpuesto el 16 de abril de 2020 — Kerstens/Comisión
(Asunto T-220/20)
(2020/C 201/57)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Petrus Kerstens (La Forclaz, Suiza) (representante: C. Mourato, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— | Anule la decisión de la AFPN (autoridad facultada para proceder a los nombramientos) de la Comisión Europea de 11 de julio de 2019 por la que se dirige un apercibimiento al demandante. |
— | Anule la decisión de la AFPN de la Comisión Europea de 27 de marzo de 2017 de retomar el asunto [confidencial]; (1) |
— | Conceda al demandante una indemnización total de 30 000 euros, en concepto de daño moral especial, a cargo de la Comisión Europea. |
— | Condene a la demandada al pago de las costas correspondientes a la instancia, con arreglo al artículo 134 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.
| 1. | Primer motivo, basado en la infracción del artículo 266 TFUE, es decir, en la adopción de medidas inapropiadas de ejecución de la sentencia de anulación dictada por el Tribunal General, y en la vulneración del principio “non bis in ídem”. |
| 2. | Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 266 TFUE, en la violación del principio de buena administración, que incluye la obligación de tratamiento imparcial y equitativo de los asuntos, en la violación del principio de presunción de inocencia y en la vulneración del derecho de defensa. |
| 3. | Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 266 TFUE, en la infracción de las normas de procedimiento aplicables a las investigaciones administrativas y a los procedimientos disciplinarios y en el incumplimiento de la obligación de motivación. |
| 4. | Cuarto motivo, basado en una pretensión de indemnización especial como consecuencia de las irregularidades mencionadas.». |
(1) Datos confidenciales omitidos.