Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta ampliada) de 30 de marzo de 2022 — Martinair Holland/Comisión
(Asunto T‑323/17) (1)
«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del transporte aéreo de mercancías — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad y Suiza sobre el transporte aéreo — Coordinación de elementos del precio de los servicios de transporte aéreo de mercancías (recargo por combustible, recargo por seguridad, pago de una comisión sobre los recargos) — Intercambio de información — Competencia territorial de la Comisión — Infracción única y continuada — Igualdad de trato — Obligación de motivación»
1. Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Demanda de anulación de una decisión de aplicación de las normas sobre competencia adoptada por la Comisión a raíz de la anulación de una decisión anterior — Observaciones en cuanto al alcance de la decisión impugnada — Falta de conexión con los motivos y alegaciones formulados en apoyo del recurso, así como con el objeto de este — Inadmisibilidad
(Art. 263 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 76)
(véanse los apartados 68 a 70 y 245)
2. Competencia — Transportes — Normas sobre la competencia — Transporte aéreo — Reglamento (CE) n.º 411/2004 — Ámbito de aplicación — Rutas Unión-países terceros y rutas EEE salvo Unión-países terceros — Servicios de transporte aéreo de mercancías en rutas de entrada — Inclusión
[Arts. 101 TFUE y 102 TFUE; Acuerdo EEE, arts. 53 y 54 y anexo XIII y Protocolo 21, en su versión modificada por la Decisión del Comité Mixto del EEE n.º 40/2005; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, art. 32, c), y Reglamento (CE) n.º 411/2004 del Consejo, arts. 1 y 3]
(véanse los apartados 84 a 99)
3. Competencia — Normas de la Unión — Ámbito de aplicación territorial — Competencia de la Comisión — Procedencia según el Derecho internacional público — Realización o efectos cualificados de las prácticas abusivas en el EEE — Cauces alternativos — Criterio del efecto inmediato, sustancial y previsible — Alcance ante un comportamiento que tenga por objeto restringir la competencia
(Art. 101 TFUE; Acuerdo EEE, art. 53)
(véanse los apartados 101 a 103, 122, 124 a 133, 144 a 146, 164 a 166 y 175 a 184)
4. Recurso de anulación — Motivos — Falta de competencia de la institución autora del acto impugnado — Examen de oficio por el juez de la Unión — Requisito — Respeto del principio de contradicción
(Art. 263 TFUE)
(véanse los apartados 198 y 199)
5. Competencia — Multas — Apreciación en función del comportamiento individual de la empresa — Relevancia de la no imposición de sanción a otro agente económico — Inexistencia — Deber de conciliar el respeto del principio de igualdad de trato con el del principio de legalidad — Alcance de la obligación de motivación
(Arts. 101 TFUE y 296 TFUE; Acuerdo EEE, art. 53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art. 8; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 20)
(véanse los apartados 227 a 232 y 239)
Fallo
2) | | La Comisión Europea cargará con una tercera parte de sus costas. |
3) | | Martinair Holland NV cargará con sus propias costas y con dos terceras partes de las costas de la Comisión. |