Sentencia: asuntos C-523/24, Sociedad Civil Catalana, y C-666/24, Associació Catalana de Víctimes d’Organitzacions Terroristes (ACVOT)

El jueves 16 de julio de 2026, el Tribunal de Justicia dictó sus sentencias en los asuntos C‑523/24, Sociedad Civil Catalana, y C‑666/24, Associació Catalana de Víctimes d’Organitzacions Terroristes (ACVOT).

En estos asuntos, el Tribunal examinó la compatibilidad con el Derecho de la Unión de la ley española de amnistía para Cataluña.

En 2024, España aprobó una ley de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña. Esta ley amnistiaba actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa y contable ejecutados en el marco del referéndum ilegal de independencia de Cataluña realizado en 2017 y, más en general, del proceso independentista catalán.

Una serie de personas estaban acusadas de haber causado pérdidas a la Generalidad de Cataluña por el uso de fondos públicos para la organización del referéndum y la promoción internacional de la independencia de Cataluña. Otras personas estaban acusadas de delitos de terrorismo relacionados con el movimiento en favor de la independencia de Cataluña. Dos tribunales españoles preguntaron al Tribunal de Justicia si determinadas disposiciones que regulaban la amnistía eran compatibles con el Derecho de la Unión, incluyendo la protección de los intereses financieros de la Unión conforme al Tratado FUE, el principio de tutela judicial efectiva en virtud del Tratado UE y la categorización de los actos de terrorismo según la Directiva relativa a la lucha contra el terrorismo.

En el breve vídeo que figura aquí abajo, Koen Lenaerts, Presidente del Tribunal de Justicia, explica las resoluciones del Tribunal en estos asuntos. Hay subtítulos disponibles en todas las lenguas oficiales de la Unión, que pueden activarse clicando en el icono «Subtítulos».

También puede consultar el comunicado de prensa si desea más información.