Impugnación de órdenes autonómicas que aprueban el texto del reglamento y pliego de condiciones de la DOP Valencia y su consejo regulador: posibilidad de incorporar terrenos correspondientes a otra DOP (Utiel-Requena y Alicante).
En el caso de la DO Valencia, la modificación de su demarcación geográfica operada en las Órdenes 13/2011 y 3/2011 no se ajustó a los requisitos exigidos en la normativa comunitaria, al no incluirse en el Pliego de Condiciones con el detalle requerido el “vínculo” de la DO Valencia con los terrenos situados en los términos municipales incluidos en las Denominaciones de Origen Protegidas de Utiel-Requena y Alicante que fueron considerados también como zona de producción de la DO Valencia.