Estándares éticos de los miembros y del personal del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea exige a todos aquellos que trabajan para la institución mantener los más altos estándares de integridad y discreción. Estos estándares son aplicables a todos los Jueces, Abogados Generales y Secretarios del Tribunal, designados conjuntamente como «miembros». Deben mantenerse incluso después de que el miembro se desvincula del Tribunal. Unos estándares igualmente exigentes se aplican a su personal.
Los estándares éticos se recogen en diferentes documentos vinculantes, en particular el Tratado de la Unión Europea, el Estatuto del Tribunal y el Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea. Se implementan mediante dos códigos de conducta aprobados por el Tribunal; uno para los miembros y otro para el personal. Conjuntamente, estos códigos constituyen la piedra angular del marco deontológico del Tribunal.
Miembros
Código de conducta
El código de conducta de los miembros recopila y clarifica las obligaciones y los estándares impuestos a los miembros por el Tratado, el Estatuto del Tribunal y el Reglamento de Procedimiento. El código dispone que los miembros se dedicarán plenamente al cumplimiento de su trabajo en el Tribunal. Deberán actuar con total independencia, integridad, dignidad e imparcialidad y con lealtad y discreción. El código se aplica tanto a los miembros como a los antiguos miembros del Tribunal.
El código en la práctica
Independencia, integridad y dignidad
Para garantizar la independencia de los miembros, estos no pueden solicitar o seguir instrucciones de los Estados miembros o de otras instituciones de la Unión. Tampoco pueden aceptar obsequios que puedan poner en entredicho su independencia. Deben abstenerse de comportarse o expresarse de un modo que menoscabe su independencia, su integridad y la dignidad de sus funciones.
Imparcialidad y conflicto de intereses
Los miembros evitarán cualquier situación que pueda suscitar un conflicto de intereses real o aparente. Para ello, no pueden participar en ningún asunto en el que puedan tener un interés, o en el que hayan actuado previamente para una de las partes.
Para garantizar una mayor transparencia a este respecto, cuando los miembros entran en funciones deben remitir una declaración de intereses al Presidente en la que consten los intereses económicos que tengan. Esta información, junto con el currículum de cada miembro, se publica en la sección «Miembros» del sitio web del Tribunal. Los miembros actualizan esta declaración cuando cambia su situación y con ocasión de la renovación del Tribunal cada tres años.
Actividades externas
Si un miembro desea tomar parte en una actividad externa, debe obtener la aprobación de la asamblea general de su Tribunal.
Esta regla se refiere a diferentes tipos de actividades estrechamente vinculadas con su trabajo en el Tribunal, incluidas:
- Las actividades en las que el miembro represente oficialmente al Tribunal en eventos o actos protocolarios
- Las actividades en las que el miembro promueva el interés europeo, como, por ejemplo:
- la intervención en conferencias, seminarios o cualquier actividad de difusión del Derecho de la Unión y del diálogo judicial;
- la docencia;
- la participación en una reunión por invitación de una figura pública o en una reunión que cuente con la presencia de esta;
- la recepción de un título, un homenaje o una condecoración.
El Tribunal publica una lista anual de esas actividades. En su caso, la lista incluye los gastos asumidos por el Tribunal en relación con la actividad autorizada del miembro.
- Lista de las actividades externas efectuadas el año pasado por los miembros del Tribunal de Justicia
- Lista de las actividades externas efectuadas el año pasado por los miembros del Tribunal General
Tras el cese en sus funciones
El código continúa siendo aplicable a los miembros después de cesar en sus funciones en el Tribunal. Los antiguos miembros deben continuar actuando con integridad, dignidad, lealtad y discreción.
Tras cesar en sus funciones, no pueden participar:
- en asuntos que estuvieran pendientes ante el Tribunal al cesar en sus funciones
- en asuntos relacionados de un modo evidente con otros en los que hubieran intervenido en el Tribunal de Justicia
- como representantes de una parte, en asuntos sometidos al Tribunal durante los tres años siguientes a la fecha de su cese
Personal
El código de conducta del personal del Tribunal exige que este dé muestra de una conducta ejemplar, manteniendo los más altos estándares de ética y respetando los valores que guían la justicia europea.
Al igual que los miembros, el personal debe actual con completa independencia, imparcialidad, integridad y lealtad. Debe evitar todo conflicto de intereses. Cualquier actividad externa debe ser aprobada por el Tribunal.
El personal debe evitar menoscabar la autoridad, la dignidad o la imagen del Tribunal y proteger la confidencialidad, especialmente a la hora de utilizar la tecnología o las redes sociales.
Debe tratar a los colegas y a quienes se pongan en contacto con el Tribunal con cortesía y evitar cualquier comportamiento inapropiado, ofensivo o discriminatorio.
Al igual que sucede con los miembros, los deberes de confidencialidad y discreción siguen siendo exigibles incluso después de desvincularse del Tribunal, y el antiguo personal debe dar muestra de tacto y honestidad al aceptar ciertas funciones o ventajas. En atención a la naturaleza específica de su trabajo, el código incluye también normas específicas para quienes ocupan puestos de dirección y quienes trabajan directamente con los Jueces.
