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RESERVAS DE VUELOS

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El Tribunal de Justicia ha tenido la oportunidad de precisar en diversas ocasiones las normas que los vendedores de viajes aéreos deben respetar cuando presentan ofertas en su sitio de Internet.

En 2012, el Tribunal de Justicia declaró que los vendedores de viajes aéreos no tienen derecho a incluir por defecto un seguro de anulación del vuelo en el precio del billete. En efecto, el seguro es un suplemento opcional del precio que, según un Reglamento de 2008 sobre la explotación de servicios aéreos, debe ser comunicado con claridad al comienzo del proceso de reserva y ser aceptado expresamente por el comprador mediante la opción de incluirlo o no (sentencia de 19 de julio de 2012, ebooker.com Deutschland, C-112/11).

Este mismo Reglamento de 2008 dispone, además, que en todo momento debe precisarse el precio final que deba pagarse. El Tribunal de Justicia ha deducido de ello que el precio final que deba pagarse ha de precisarse respecto de cada servicio aéreo propuesto, incluida la primera vez que aparezca en pantalla. El objetivo principal de  esta obligación es permitir que los clientes comparen realmente   el precio de los servicios aéreos prestados por diferentes compañías aéreas (sentencia de 15 de enero de 2015, Air Berlin, C-573/13).

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