Estadísticas judiciales del Tribunal General - 2022

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Estadísticas comentadas de la actividad del Tribunal General en 2022

Por Emmanuel Coulon, Secretario del Tribunal General

 

Las estadísticas relativas a la actividad jurisdiccional del Tribunal General constituyen a la vez un instrumento esencial de orientación de la actividad judicial, una herramienta de evaluación de los efectos de las opciones jurisdiccionales y el reflejo contencioso de la actividad legislativa, reglamentaria y decisoria de las instituciones y órganos de la Unión Europea. El análisis de estos datos numéricos, presentados por la Secretaría del Tribunal General, forma parte de la obligación de rendir cuentas públicamente de la labor llevada a cabo por este órgano jurisdiccional y de las tendencias observadas en la evolución de los litigios. Por lo tanto, es esencial.

En 2022, el Tribunal General prosiguió su política de gestión dinámica de los asuntos e hizo que se reanudasen los procedimientos en los grandes grupos de asuntos que habían sido suspendidos hasta la resolución de asuntos identificados como asuntos piloto. Estos cambios dieron lugar a una intensificación de la actividad judicial, como claramente se desprende del análisis de las cifras relativas a la actividad de la Secretaría. Al mismo tiempo, el Tribunal General se mantuvo plenamente conectado a la actualidad económica, social, medioambiental y geopolítica de la Unión Europea y de sus Estados miembros. Tras los asuntos relacionados con la crisis sanitaria (ayudas estatales, contratación pública, política comercial, salud pública, acceso a los documentos y función pública) que caracterizaron el año 2021, uno de los aspectos destacados del año 2022 es el surgimiento de litigios relativos a las medidas restrictivas adoptadas por la Unión Europea en el contexto del conflicto entre Rusia y Ucrania.

En términos muy generales, se observa que, con 904 asuntos planteados y 858 asuntos concluidos, el número de asuntos pendientes se ha incrementado automáticamente hasta situarse en 1 474.

El concepto de asuntos pendientes incluye los asuntos planteados que el Presidente del Tribunal General aún no ha atribuido a una formación jurisdiccional, los asuntos que están siendo sustanciados y los asuntos suspendidos en aplicación del Reglamento de Procedimiento.

 

Asuntos planteados: síntesis de las principales materias tratadas

El número de asuntos planteados supera al de los dos años anteriores (882 en 2021 y 847 en 2020), pero sigue siendo inferior al de los precedentes (939 en 2019, 917 en 2017, 974 en 2016 y 912 en 2014). Dado que el Tribunal General es competente para conocer en primera instancia de los recursos directos interpuestos por los Estados miembros y las personas físicas y jurídicas, excepto los reservados al Tribunal de Justicia, su actividad depende en gran medida de los actos adoptados por las instituciones y órganos de la Unión Europea y de la impugnación de la legalidad de dichos actos.

Entre las cerca de cuarenta materias a las que se refieren los recursos, merecen especial atención los ámbitos de la acción exterior de la Unión Europea (medidas restrictivas) y de las normas de competencia aplicables a los Estados (ayudas de Estado).

Los litigios relativos a las medidas restrictivas, que, según puede observarse, están claramente vinculados a la coyuntura geopolítica, supusieron, con 103 nuevos asuntos, el 11,4 % del total de los asuntos planteados en 2022 (frente al 4,8 % en 2021 y al 3 % en 2020). Desde febrero de 2022, la Unión Europea ha venido adoptando una serie de medidas restrictivas contra personas y entidades en el contexto del conflicto entre Rusia y Ucrania. La legalidad de los múltiples actos por los que se imponen estas medidas, que afectaron a varios centenares de ciudadanos y entidades, dio lugar a 75 recursos interpuestos entre el 30 de marzo y el 31 de diciembre. Cabe señalar que, entre estos recursos, el interpuesto el 8 de marzo de 2022 contra el Consejo de la Unión Europea por RT France, sociedad establecida en Francia cuya actividad consiste en la edición de canales temáticos, tenía por objeto la anulación de la prohibición temporal de emitir contenidos. Este asunto (T‑125/22), en el que el Tribunal General hubo de pronunciarse, entre otros extremos, sobre el respeto del derecho de defensa y sobre la supuesta vulneración de la libertad de expresión y de información, fue resuelto por la Gran Sala del Tribunal General (compuesta por quince Jueces) al término de un procedimiento acelerado que duró cuatro meses y diecinueve días.

En el ámbito de las ayudas estatales, se interpusieron nada menos que 68 recursos (frente a 46 en 2021 y 42 en 2020), entre ellos 50 por personas físicas y jurídicas que impugnaban la Decisión de la Comisión relativa al régimen de ayudas aplicado por Portugal para la Zona Franca de Madeira.

En contraste con los aumentos registrados en estos dos ámbitos, se observa una disminución del número de nuevos recursos en los ámbitos de la propiedad intelectual e industrial (270 frente a 308 en 2021 y 282 en 2020) y de la función pública (66 frente a 81 en 2021 y 120 en 2020).

Por último, aunque el incremento del número de recursos interpuestos en el ámbito bancario y financiero no es significativo, se observa que dicho número aumenta en algunas unidades año tras año. En 2022, se registraron 49 nuevos recursos, 37 de los cuales fueron presentados por bancos y entidades financieras contra la Junta Única de Resolución, agencia de la Unión Europea responsable de la gestión del Fondo Único de Resolución y de la preparación y ejecución de la resolución de bancos establecidos en los Estados miembros que participan en el Mecanismo Único de Resolución.

Y para subrayar que la normativa sobre protección de datos personales es un tema de plena actualidad, cabe destacar el recurso de anulación interpuesto en 2022 por Meta Platforms Ireland contra una decisión del Comité Europeo de Protección de Datos (asunto T‑682/22). Se trata del segundo recurso interpuesto contra las decisiones de este Comité, tras el presentado por WhatsApp Ireland en 2021 (asunto T‑709/21), que el Tribunal General declaró inadmisible en 2022.

2022: año de cese y entrada en funciones de Jueces

Con 858 asuntos concluidos, el Tribunal General resolvió menos asuntos que en 2021 (951). Esta disminución del 9,8 % es en gran medida coyuntural. En efecto, la composición del Tribunal General se ha visto sensiblemente alterada como consecuencia, por una parte, de la entrada en funciones de nuevos Jueces a lo largo del año y, por otra, de la partida y la llegada de Jueces en el marco de la renovación trienal parcial del Tribunal General. Evidentemente, tales movimientos tuvieron repercusiones en la organización y el funcionamiento de este órgano jurisdiccional y de su Secretaría que conviene explicar.

Al margen de la renovación trienal, varios Jueces entraron en funciones en el transcurso del año 2022 sucediendo a Jueces cuyos puestos fueron declarados vacantes tras su nombramiento en el Tribunal de Justicia en octubre de 2021 [el Sr. Gratsias (Grecia), que fue nombrado Juez, y el Sr. Collins (Irlanda), que fue nombrado Abogado General] y a un Juez fallecido en 2021 [el Juez Sr. Berke (Hungría)]. De este modo, la Juez Sra. Kingston (Irlanda) y el Juez Sr. Dimitrakopoulos (Grecia) prestaron juramento el 13 de enero de 2022 y el Juez Sr. Tóth (Hungría) el 6 de julio de 2022.

Asimismo, dos nuevos Jueces nombrados en ejecución del Reglamento (UE, Euratom) 2015/2422 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, por el que se modifica el Protocolo n.º 3 sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (DO 2015, L 341, p. 14), entraron en funciones en enero de 2022 [el Juez Sr. Kukovec (Eslovenia)] y en julio de 2022 [la Juez Sra. Ricziová (Eslovaquia)], permitiendo por vez primera que el Tribunal General esté compuesto por 54 Jueces desde que concluyó la reforma destinada a dotar al Tribunal General de dos Jueces por Estado miembro.

Con motivo de la renovación parcial del Tribunal General en septiembre de 2022, tres nuevos Jueces tomaron posesión de su cargo [la Juez Sra. Tichy-Fisslberger (Austria), el Juez Sr. Valasidis (Grecia) y el Juez Sr. Verschuur (Países Bajos)].

Así pues, el Tribunal General acogió a ocho nuevos Jueces en 2022.

Por otra parte, como cada tres años, inmediatamente después de la renovación parcial, los Jueces eligieron al Presidente, al Vicepresidente y a los Presidentes de Sala del Tribunal General.

Estos cambios en la composición del Tribunal General obligaron a adoptar numerosas medidas de organización interna. Entre estas medidas, cabe destacar que el Tribunal General decidió crear dos Salas de seis Jueces, además de las ocho Salas de cinco Jueces, y confirmar la especialización parcial de las Salas manteniendo la regla según la cual, por una parte, cuatro Salas se ocupan de los asuntos de función pública y seis de los asuntos de propiedad intelectual o industrial y, por otra, los demás asuntos se reparten entre todas las Salas. Además, el número de formaciones jurisdiccionales compuestas por tres Jueces ha aumentado a 68, a las que se añaden las diez formaciones jurisdiccionales de cinco Jueces y la Gran Sala de quince Jueces y, en el otro extremo, la formación de Juez único. Gestionar esta organización del Tribunal General integrado por 54 Jueces exige rigor y precisión.

La aplicación de medidas de acompañamiento a las sucesivas entradas en funciones, que tuvieron lugar, por tanto, en enero, julio y septiembre, requirió en cada ocasión la adopción de nuevas decisiones por parte del Tribunal General (sobre la composición de la Gran Sala, los criterios para la atribución de los asuntos a las Salas, el modo de designar al Juez que sustituirá al Juez que padezca un impedimento, la constitución de las Salas y la adscripción de los Jueces a las Salas), publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea y que pueden consultarse en el apartado «Procedimiento» del Tribunal General.

La Secretaría ha estado muy implicada en la acogida de los nuevos Jueces y en las actividades de concepción y ejecución de las reglas de organización del trabajo del Tribunal General. A este respecto, es importante subrayar que la entrada en funciones de los nuevos Jueces y la nueva adscripción de los Jueces a las Salas exigen la atribución y reatribución de un elevado número de asuntos. La ejecución y la notificación de estas atribuciones y reatribuciones, que son competencia de la Secretaría, afectaron a 938 asuntos.

Algunas cifras clave

Se observa que:

  • el 82 % de los asuntos fueron resueltos por formaciones de tres Jueces (el 84 % en 2021 y el 75 % en 2020) y casi el 12 % por formaciones ampliadas de cinco Jueces (frente al 9 % en 2021 y al 15 % en 2020);
  • un asunto fue concluido por el Tribunal General, constituido en Gran Sala (asunto RT France/Consejo);
  • dos asuntos fueron dirimidos por el Tribunal General en formación de Juez único (tres en 2021 y uno en 2020);
  • el 57 % de los asuntos concluyeron mediante sentencia (el 60 % en 2021 y el 55 % en 2020) y el 43 % mediante auto (el 40 % en 2021 y el 45 % en 2020), considerando conjuntamente todos los litigios y materias;
  • en el 55 % de los asuntos concluidos mediante sentencia se celebró vista oral (el 63 % en 2021 y el 62 % en 2020).

El número de vistas orales celebradas es, salvo por una, idéntico al de 2021 (241 vistas, frente a 240 en 2021 y 227 en 2020), por 303 asuntos que fueron objeto de vista oral (290 en 2021 y 335 en 2020) (esta diferencia entre el número de vistas orales y el número de asuntos objeto de vista oral se explica porque en los asuntos acumulados se celebra una sola vista). Es de señalar que la vista del asunto Google y Alphabet/Comisión (Google AdSense for Search) (asunto T‑334/19), que se celebró del 2 al 4 de mayo de 2022, exigió, al igual que varias otras, la adopción de medidas coordinadas por la Secretaría para garantizar su perfecto desarrollo.

La proporción de vistas con videoconferencia, que se había casi duplicado en términos absolutos de 2020 a 2021 (de 38 a 72), ha disminuido de forma muy significativa: el 4,6 % de las vistas (es decir, 11 vistas de 241) se llevaron a cabo mediante este sistema, frente al 30 % en 2020 (72 vistas de 240). Se trata de una evolución lógica. Cabe recordar que la utilización de la videoconferencia, que se hizo posible a partir de 2020, se supeditó a la imposibilidad para la parte, principal o coadyuvante, de desplazarse a Luxemburgo debido a la crisis sanitaria derivada de la pandemia de COVID-19 y al consentimiento de dicha parte para recurrir a esta modalidad. También estuvo técnicamente condicionada por el cumplimiento de determinados requisitos previos destinados a garantizar que el debate se desarrollara de conformidad con el principio del proceso equitativo y que consistían en comprobar previamente a la vista la calidad de la transmisión segura y la inexistencia de problemas relacionados con la interpretación simultánea.

Ahora bien, debido al final de la pandemia, la situación en 2022 no fue la misma que en 2021.

De cara al futuro, será interesante seguir la evolución de la situación una vez que entre en vigor la nueva disposición del Reglamento de Procedimiento, propuesta por el Tribunal General y aceptada por el Consejo de la Unión Europea. El régimen de utilización de la videoconferencia, establecido en el nuevo artículo 107 bis del Reglamento de Procedimiento, precisa, entre otras cosas, las condiciones jurídicas en que puede utilizarse y la competencia para pronunciarse sobre las eventuales solicitudes, al tiempo que prevé que los requisitos técnicos figuren en las Normas Prácticas de Desarrollo del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.

Con el afán de concretar la política de accesibilidad de la institución a las personas con discapacidad, cabe destacar que, por primera vez en la historia de la institución, se cumplieron las condiciones para que una persona con discapacidad auditiva pudiera asistir a una vista oral ante el Tribunal General.

La duración media de los procedimientos es muy satisfactoria. Se sitúa en 16,2 meses para los asuntos concluidos mediante sentencia o auto (frente a 17,3 meses en 2021 y 15,4 meses en 2020) y de 20,4 meses si se tienen en cuenta exclusivamente los asuntos concluidos mediante sentencia, oscilando entre una duración media de 13,4 meses para los asuntos de propiedad intelectual y de 43,7 meses para los asuntos, voluminosos y complejos, de Derecho de la competencia [entre estos últimos, los asuntos Intel Corporation/Comisión (T‑286/09 RENV), Qualcomm/Comisión (Qualcomm — Pagos de exclusividad) (T‑235/18), Google y Alphabet/Comisión (Google Android) (T‑604/18), así como trece asuntos relativos a acuerdos y prácticas concertadas sobre diversos elementos de los precios de los servicios de carga aérea].

En cuanto a los asuntos resueltos mediante auto, la duración media del procedimiento, de 8,9 meses, es la más corta jamás registrada.

Como ya se ha indicado, a 31 de diciembre de 2022 había 1 474 asuntos pendientes ante el Tribunal General (46 más que a 31 de diciembre de 2021, pero 23 menos que a finales de 2020). De estos asuntos, el 6,5 % y el 20,3 % eran asuntos de función pública y de propiedad intelectual o industrial, respectivamente. Casi el 27 % de los asuntos pendientes pertenecían, por tanto, a los ámbitos en que el Tribunal General decidió especializar algunas Salas.

Los anteriores datos estadísticos no tienen en cuenta ni las demandas de medidas provisionales que son competencia del Presidente del Tribunal General (o del Vicepresidente, que le sustituye en caso de impedimento), ni las solicitudes de procedimiento acelerado que son competencia de la formación jurisdiccional a la que se haya atribuido el asunto. Esta presentación quedaría por lo tanto incompleta si no se hiciese especial referencia a aquellos procedimientos de urgencia en los que la Secretaría debe hacer gala de una capacidad de respuesta inmediata, tanto para la tramitación de los escritos presentados como para la ejecución de las resoluciones adoptadas por el Presidente o por el Tribunal General.

El procedimiento sobre medidas provisionales permite solicitar al Presidente del Tribunal General (o, en caso de impedimento de este, al Vicepresidente) la suspensión de la ejecución de un acto o cualquier otra medida provisional encaminada a proteger los intereses del demandante, hasta que el Tribunal General se pronuncie sobre el fondo del litigio. Algunas demandas de medidas provisionales van acompañadas de solicitudes de que se resuelva con la máxima urgencia.

El procedimiento acelerado puede concederlo el Tribunal General a instancias de una de las partes principales del litigio o de oficio. Si se decide resolver mediante procedimiento acelerado, se aplican normas procesales especiales con objeto de que el Tribunal General pueda pronunciarse rápidamente sobre el recurso.

 

El número de demandas de medidas provisionales disminuyó en un 22 % en 2022 en comparación con 2021 [37 (9 de ellas en el ámbito de las medidas restrictivas) frente a 45], al igual que el número de procedimientos sobre medidas provisionales concluidos (37 frente a 45).

El número de solicitudes de procedimiento acelerado fue de 20 (frente a 38 en 2021 y 22 en 2020), 13 de ellas relativas a asuntos en que se impugnaba la legalidad de las medidas restrictivas adoptadas por la Unión Europea en el contexto del conflicto entre Rusia y Ucrania. Solo una de estas solicitudes se concedió en el marco de un recurso de anulación de una decisión de la Comisión relativa a la recuperación de importes indebidamente pagados. Por su parte, el Tribunal General hizo uso en cinco ocasiones de la posibilidad que le brinda el artículo 151 del Reglamento de Procedimiento de conceder de oficio el procedimiento acelerado (incluido el asunto RT France/Consejo).

Perspectiva sobre la actividad de la Secretaría del Tribunal General

Por último, debe hacerse especial referencia a la intensísima actividad desplegada por la Secretaría del Tribunal General durante el año 2022. Además de la implicación del Secretario y de su gabinete en la administración de este órgano jurisdiccional, en las modificaciones de las normas de procedimiento y en los proyectos jurisdiccionales e institucionales en curso, la totalidad de los equipos de este servicio integrado por 71 funcionarios y agentes ha puesto de su parte para ayudar al Tribunal General a alcanzar sus objetivos. Así pues, la Secretaría ha estado muy implicada en la gestión proactiva de los asuntos propugnada y llevada a cabo por el Tribunal General.

Por primera vez se superaron varios umbrales:

  • el de los 60 000 documentos inscritos en el Registro mantenido por la Secretaría (60 691 frente a 56 827 en 2021 y 51 399 en 2020). Un análisis más pormenorizado pone de manifiesto que la actividad del último trimestre fue extraordinariamente intensa, especialmente debido a las atribuciones y reatribuciones de asuntos resultantes de la reconstitución de las formaciones jurisdiccionales en septiembre de 2022, así como de la presentación de escritos y las notificaciones relativas a grupos de asuntos (el 14 % del total de las inscripciones efectuadas durante el último trimestre corresponde a las series de asuntos en que está implicada la Junta Única de Resolución);
  • el de los 10 000 escritos procesales presentados en la Secretaría por abogados y agentes (10 412 frente a 9 728 en 2021 y 9 572 en 2020);
  • el de las 14 600 fichas de transmisión digitales que la Secretaría elabora e intercambia con los gabinetes de los Jueces durante el procedimiento (14 631 fichas frente a 14 314 en 2021 y 12 636 en 2020).

La Secretaría también prestó sus servicios en 352 reuniones de Sala (reuniones en las que los Jueces debaten sobre los asuntos y adoptan medidas para instruirlos) (338 en 2021 y 325 en 2020) y en las 241 vistas orales.

Por último, la Secretaría ha podido sacar, una vez más, el máximo partido de la aplicación e-Curia, cuyo uso se hizo obligatorio el 1 de diciembre de 2018, salvo algunas excepciones. Así, el 94 % de los documentos se presentaron electrónicamente en la Secretaría del Tribunal en 2022, lo que supuso un volumen de casi un millón de páginas (979 676 páginas). Desde 2018, se ha presentado y tramitado en la Secretaría del Tribunal General un total de 4 588 664 páginas de documentos, lo que da una idea del volumen de algunos de los asuntos que son instruidos por este órgano jurisdiccional.

Estos datos no dan cuenta de dos importantes avances del año 2022. El primero consistió en reforzar el dispositivo de seguridad con el fin de garantizar la protección de los datos sensibles en este órgano jurisdiccional y en la institución. El segundo, que refleja la constante búsqueda de modernidad del Tribunal General, es la utilización de la firma electrónica cualificada de las sentencias, autos y actas de las vistas orales del Tribunal General. La Secretaría ha hecho todo lo posible para adaptar los procedimientos internos e intentar obtener un sistema que responda a los requisitos jurídicos exigidos y permita el archivo electrónico permanente.

Así pues, el Tribunal General y su Secretaría se han adaptado, una vez más, a la realidad de las circunstancias para responder de la mejor manera posible a las expectativas legítimas de los justiciables. Las normas de procedimiento de este órgano jurisdiccional han seguido adaptándose para permitir una instrucción eficaz de los asuntos, teniendo en cuenta exigencias sobrevenidas y nuevas realidades. Por último, como continuación de las medidas adoptadas en años anteriores, prosiguieron los esfuerzos para digitalizar toda la cadena del proceso judicial, desde la presentación de los documentos mediante la aplicación e-Curia hasta la notificación por este mismo cauce de las resoluciones firmadas electrónicamente, contribuyendo así a la necesaria modernización del servicio público de justicia.


Asimismo, las estadísticas judiciales de varios años anteriores pueden consultarse en el sitio Curia, en la parte «Historial».